DÍAS INHÁBILES 2024 PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN

DÍAS INHÁBILES 2024 PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN

By Ing. Raúl RIvera

En la estimación de costos para los proyectos de la industria de la construcción, así como para su planeación, programación y control, se toma en consideración los días inhábiles aplicables durante el año 2024.

Por ejemplo, para el análisis del salario real de las categorías de mano de obra elaborado para un periodo anual, el cálculo considera los días realmente pagados y laborados en función de los no laborados.

Por otro lado, para la planeación y programación también se consideran los días inhábiles buscando estimar tiempos reales de ejecución, realizar la gestión de recursos y determinar flujos de efectivo sensatos que son la base de un correcto análisis financiero del proyecto.

Entonces, tanto para la estimación del costo directo como para la planeación, programación y control de un proyecto es preciso estudiar los días inhábiles para el año 2024.

Vamos a enfocar este artículo a los días no laborados para la determinación del salario real, el periodo en estudio será del 01 de enero al 31 de diciembre, considerando la ley federal del trabajo y otras fechas no laborables que no están establecidas en algún documento jurídico.

Sin más, te mostramos el desglose de todos los días inhábiles en 2024:

I. DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece los días de descanso obligatorio que debe otorgar el patrón a sus trabajadores, para 2023 aplican los siguientes:

 

II. DÍAS DE DESCANSO SEMANAL

El artículo 69 de la LFT establece que por cada seis días de trabajo se disfrutará por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro, procurando que sea en domingo.

El año 2024 tiene 52 semanas, si consideramos que en la industria de la construcción las semanas laborales comúnmente son de lunes a sábado, entonces, le corresponderá al trabajador como mínimo 52 días de descanso.

Algunos softwares de costos como parámetro de entrada lo llaman días domingo.

III. DÍAS DE VACACIONES

El artículo 76 de la LFT establece que los trabajadores que tengan más de un año de servicio disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborales, que aumentará en dos días laborales, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicio.

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicio.

En la siguiente tabla te mostramos los días de vacaciones que le corresponden al trabajador respecto a sus años de servicio.

Lo expuesto anteriormente es aplicable para nuestros trabajadores permanentes que regularmente son el personal directivo, técnico y administrativo, por ejemplo, el gerente general, el analista de costos y el contador, respectivamente.

Por otro lado, en la industria de la construcción la mano de obra (albañil, fontanero, fierrero, etc.) regularmente se contrata por obra y son trabajadores temporales.

El artículo 77 de la LFT establece que los trabajadores en esta situación tendrán derecho a un período anual de vacaciones de por lo menos 6 días o su parte proporcional.

Nota: Los principales programas de análisis de precios unitario que existen en el mercado nacional consideran que todo el personal a costo directo tiene la misma antigüedad (son temporales), pero no siempre es de esta manera.

IV. DÍAS NO LABORADOS CON GOCE DE SUELDO

Además de los días de descanso obligatorio establecidos en la LFT debemos considerar en la integración del SALARIO REAL, días no laborados que tiene el trabajador con goce de sueldo y que no están establecidos en algún documento jurídico.

A. DÍAS NO LABORADOS POR CLIMA.

En la integración del salario real la empresa contratista deberá considerar los días que pagará al trabajador, pero no tendrá actividades por motivo de las condiciones climáticas.

Corresponde a cada empresa definir los días al año que supone no podrá trabajar basado en su experiencia y un registro estadístico para la zona donde se desarrollarán los trabajos y el giro de la empresa, es claro que no serán los mismos días para una empresa que ejecuta obra de acabados interiores en CDMX a una que ejecuta obra civil en Villahermosa Tabasco.

B. DÍAS NO LABORADOS POR COSTUMBRE

El patrón suele otorgar a sus trabajadores días por costumbre y la industria de la construcción no es la excepción.

Te mostramos los días que usualmente se otorga al trabajador, sin embargo, corresponde a cada patrón definir qué días otorga.

Los días por costumbre que caen en domingo no se toman en consideración en el análisis del salario real de los trabajadores.

C. DÍAS POR PERMISOS Y ENFERMEDAD NO PROFESIONAL

Son los días que otorga el patrón con goce de sueldo a sus trabajadores por alguna situación personal o alguna enfermedad no profesional y que no caiga en el rubro de incapacidad conforme a la ley del IMSS, cada patrón decide si otorga estos días y en qué cantidad.

D. DÍAS POR CONTRATO COLECTIVO.

Estos días no laborables son pactados entre los trabajadores y el patrón mediante un convenio como lo establece el artículo 386 de la LFT.

Por ejemplo, otorgar con goce de suelo el día del cumpleaños del trabajador o el día de las madres.

TABLA RESUMEN DÍAS INHÁBILES 2023 EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN.


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